- Sólo el juzgado de tránsito está autorizado a anular la licencia de conducción.
- La autoridad de registro no está autorizada anular la licencia de conductor.
- La autoridad de registro está autorizada a obligar al conductor que acumuló puntos en su contra a pasar exámenes y también está autorizada a anularle la licencia de conductor.
- Sólo un oficial de policía está autorizado a anular la licencia de conducción.