1. En los estacionamientos normales donde está permitido para el estacionamiento de vehículos con combustión a nafta o gasolina.
  2. En los estacionamientos donde está permitido sólo el estacionamiento de vehículos de pasajeros particulares.
  3. En estacionamientos permitidos para el estacionamiento de vehículos accionados por gas según las indicaciones del Ministerio de Calidad del Ambiente.
  4. En estacionamientos permitidos para el estacionamiento de vehículos accionados por gas según las indicaciones del importador del vehículo.