- No, la indicación con luz intermitente no otorga ningún derecho, hay que cerciorarse y mirar como corresponde además de la indicación con la luz intermitente.
- Si. En el momento de comenzar el viaje, la ley nos obliga a indicar con la luz intermitente, la obligación de cuidado es a los demás transeúntes en el camino.
- Si. Acciones innecesarias más allá de la indicación con luz intermitente, toman tiempo precioso del usuario del vehículo y crean tensiones innecesarias.
- Si, en el momento de comenzar el viaje nos bastará sólo la indicación con luz intermitente. Hay tiempo de mirar al incorporarse al tránsito.