1. Vehículo de pasajeros particular que haya pasado los 15 años de su producción.
  2. Vehículo de pasajeros particular que haya pasado los 19 años de su producción.
  3. Vehículo que no cumple con el estándar israelí obligatorio.
  4. Vehículo de pasajeros particular no es incluido en la definición de “vehículo anticuado”.