- En todo camino cuyo ancho es menor de 10 metros.
- En una zona donde está prohibido el estacionamiento y parar un vehículo de este tipo de acuerdo a una señal de tránsito colocada por la autoridad de tráfico local.
- Donde está prohibido el estacionamiento y parar un vehículo de este tipo, de acuerdo a lo anotado en la licencia del vehículo comercial.
- En calles de doble sentido.