- No. Todas las acciones relacionadas con el vehículo, no se consideran como conducción.
- Si – pero no más de una hora por día.
- No. Conducción es solamente la conducción en realidad y no cualquier otra acción relacionada al vehículo.
- Si, el tratamiento de la carga, su arreglo, la carga y descarga, son considerados como horas de conducción según la ley.