- Cualquier medida que se quiera, siempre que todas las cubiertas en el vehículo sean de medida idéntica.
- La medida que determinó el fabricante del vehículo y está registrada en el registro del vehículo.
- La medida que determinó el fabricante de cubiertas.
- La medida que autorizó el taller mecánico autorizado a reparar vehículos.